El cerramiento de una terraza en unifamiliares adosadas, puede salirte...

El cerramiento de una terraza en unifamiliares adosadas, puede salirte caro

¿Puedo hacer el cerramiento de mi terraza y no peguntar a la comunidad?. En muchas urbanizaciones de viviendas unifamiliares adosadas existe la percepción —equivocada pero muy extendida— de que cada propietario puede modificar su vivienda libremente siempre que respete las normas urbanísticas. La realidad es muy diferente. Y quien ha sufrido en primera persona las consecuencias, ha sido un vecino de Madrid, protagonista de una reciente sentencia del Tribunal Supremo que vuelve a poner el foco en un aspecto clave: la Ley de Propiedad Horizontal también se aplica en las comunidades de chalets adosados, y no solo en edificios en altura.

El caso es un ejemplo perfecto de cómo una obra aparentemente asumible puede convertirse en un problema jurídico, económico y vecinal de primer nivel. Y, sobre todo, de por qué una buena administración de comunidades es esencial para evitar conflictos que terminan en los tribunales.

Un cerramiento de una terraza autorizado por Urbanismo pero ilegal para la comunidad

Los propietarios habían decidido cerrar la terraza situada en la planta superior de su vivienda unifamiliar, originalmente descubierta. Solicitaron licencia urbanística y, tras una denuncia vecinal, ajustaron el proyecto para cumplir con los metros permitidos. Desde el punto de vista urbanístico, el cerramiento podía considerarse regular.

Sin embargo, el Ayuntamiento no es la única autoridad competente: la comunidad de propietarios también tiene voz, voto y capacidad de impugnar. Y en este caso no solo no autorizó la obra, sino que aprobó en junta demandar a los propietarios por alterar elementos comunes.

El Tribunal Supremo confirma lo que la Audiencia Provincial de Madrid ya había establecido: el complejo inmobiliario, formado por 28 viviendas adosadas e idénticas, no funciona como viviendas independientes, sino como una única comunidad de propietarios.

Esto significa que todas las viviendas deben respetar la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) y el reglamento interno. Y en ese reglamento había un artículo contundente:

Para mantener la uniformidad estética de la urbanización, cualquier cerramiento, enrejado, pérgola, doble acristalamiento o modificación visible deberá realizarse con los mismos materiales, colores y formas del diseño original.

El cerramiento incumplía este principio básico de homogeneidad.

¿Por qué es tan importante la estética? El Supremo lo deja claro: el cerramiento se adosaba a la fachada, un elemento común. Se recrecía el muro, se modificaba la barandilla, se rompía la linealidad visual y se alteraba la configuración arquitectónica del conjunto.

En palabras de la sentencia, aquello constituía:

  • Una alteración evidente de la apariencia decorativa.
  • Un obstáculo visual para el resto de vecinos, que perdían vistas lineales.
  • Una ruptura de la uniformidad que define el estilo del complejo.

Y añade algo fundamental: aunque el propietario considere su vivienda “independiente”, su capacidad de actuación está limitada por el interés general de la comunidad. No puede ejecutar obras que perjudiquen a los demás.

El fallo también recuerda una confusión habitual: tener licencia municipal no te autoriza a alterar elementos comunes ni a modificar la estética del conjunto.
Son dos autorizaciones distintas, autónomas e imprescindibles.

El Supremo reitera que incluso cuando la terraza es privativa, su cerramiento afecta a elementos comunes y por lo tanto requiere acuerdo comunitario.

El Tribunal Supremo confirma que los propietarios deben retirar el cerramiento y devolver la terraza a su estado original.

La importancia de una buena administración de comunidades

Este caso refleja por qué una administración especializada —como la que ofrecemos desde Martin Properties— es clave para evitar conflictos costosos, innecesarios y muchas veces irreversibles. Un administrador profesional:

  • Informa a los propietarios antes de que inicien obras.
  • Revisa la compatibilidad entre urbanismo, estatutos y LPH.
  • Previene litigios que pueden escalar hasta el Tribunal Supremo.
  • Protege la estética, la convivencia y el valor del conjunto inmobiliario.

Porque al final, lo barato sale caro y un cerramiento mal autorizado puede convertirse en un problema de miles de euros.

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